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En legítima defensa...


Sergio Arellano.- 

De acuerdo con lo establecido en el Código Penal del Estado de Querétaro: “se presumirá como legítima defensa, salvo prueba en contrario, cuando no habiendo posibilidad de auxilio inmediato se cause un daño a quien a través de la violencia, o por cualquier otro medio, trate de penetrar sin derecho, el hogar, la familia o dependencias… Existe exceso en el caso previsto, cuando no haya proporcionalidad en el medio empleado y en el daño ocasionado”.
En 2013 se suscitó un caso que relució una serie de factores que cuestionan el procedimiento de dicha figura jurídica. Yakiri Rubio fue secuestrada por dos hombres, quienes abusaron sexualmente de ella. En respuesta, privó de la vida a uno de los agresores y, a pesar de que argumentó que ese asesinato había sido en defensa propia, la acusaron de homicidio calificado y la encarcelaron. Se contaba con un daño previo y definitivamente, uno posterior, por parte de la autoridad al señalarla como culpable.
La legítima defensa se distingue por la complejidad de demostrar el hecho constitutivo de la acción, por lo que en el desarrollo de este caso, no solo se exhibió la falta de racionalidad en el actuar del Poder Judicial, sino también, el machismo que impera en muchos casos en nuestra vida cotidiana; culpar de manera infundada e ilógica a una joven que buscaba salvaguardar su integridad, solo muestra la falta de sensibilidad en nuestro sistema penal.
Afortunadamente, la sentencia determinó la inocencia de la víctima, tras la sobresaliente defensa de la abogada Ana Katiria Suárez. A manera de reflexión: ¿cuántos supuestos bajo este tenor existirán? Siempre que se cumpla con lo siguiente: agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla y falta de provocación por parte del que se defiende.
La legítima defensa es una causal de justificación, es decir, elimina la antijuridicidad y, por lo tanto, evita que esa conducta sea punible. “La libertad nunca se concede; hay que luchar por ella. La justicia nunca se recibe; hay que exigirla”. A. Philip Randolph.