Oaxaca de
Juárez, Oax. En atención a las medidas sanitarias por la contingencia de salud
por el COVID-19, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (IAIPO) llevó a
cabo su Séptima Sesión Ordinaria a través de videoconferencia.
En esta
sesión ordinaria se resolvieron 14 recursos de revisión, de los cuales dos
fueron sobreseídos, en uno se confirmó la respuesta del sujeto obligado y en 11
se modificó la respuesta de los sujetos obligados a las solicitudes de
información.
Al resolver
el recurso de revisión R.R.A.I. 133/2019, el Consejo General del IAIPO modificó
la respuesta emitida por el Ayuntamiento de San Pedro Huamelula y le ordenó
poner a disposición del recurrente los documentos señalados relativos a
información de 2019; asimismo, este ayuntamiento deberá realizar una búsqueda
exhaustiva de los puntos señalados correspondientes a 2018 y en caso de no
encontrarla, realizar una declaratoria de inexistencia de la misma.
En el caso de
la resolución al recurso de revisión R.R.A.I. 0713/2019/SICOM, el Consejo
General del IAIPO ordenó al Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca
(TSJ), informar al recurrente sobre los municipios que integran los Distritos
Judiciales del Centro y Zimatlán, señalando las disposiciones en las que se
establezca; asimismo, informar a qué distrito pertenece el Municipio de Santa
María Coyotepec.
Respecto al
recurso de revisión R.R.A.I. 0038/29019/SICOM, el Pleno del IAIPO ordenó al Tribunal
de Justicia Administrativa (TJA) que conteste puntualmente cada una de las
preguntas que le fueron planteadas en la solicitud de información; asimismo, en
aquellas que le solicite documentos que no posea deberá turnar la solicitud a
su Comité de Transparencia para que analice el asunto y en caso de requerirlo
emitir declaratoria de inexistencia de la información.
Al dar
resolución al recurso de revisión R.R.A.I. 0080/2019/SICOM, el Consejo General
del IAIPO ordenó al H. Ayuntamiento de Chahuites que proporcione las
documentales requeridas en la solicitud respecto a los regidores del
Ayuntamiento.
En el caso
del recurso de revisión R.R.A.I. 089/2019/SICOM, el Pleno del Órgano garante
ordenó al Ayuntamiento de Acatlán de Pérez Figueroa, informar al Recurrente el
grado académico del Presidente Municipal, así como de los miembros del
Cabildo.
Respecto a la
resolución al recurso de revisión R.R.A.I. 0488/2019/SICOM en contra del
Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, el Consejo General del IAIPO ordenó a este
Sujeto obligado que proporcione la información referente a la copia digital de
los contratos solicitados, pues ya ha pasado tiempo considerable para contar
con ella.
El Consejo
General del IAIPO ordenó al Ayuntamiento de Magdalena Teitipac informar sobre
el presupuesto para la celebración de las fiestas patrias en 2020, al resolver
el recurso de revisión R.R.A.I. 0075/2019/SICOM.
En la
resolución al recurso de revisión R.R.A.I. 0081/2019/SICOM, el Consejo General
del IAIPO ordenó al H. Ayuntamiento de
San Bartolomé Quialana informar al recurrente sobre el presupuesto del año
2020.
Al resolver
el recurso de revisión R.R.A.I. 0096/2019/SICOM, el Pleno del Órgano garante
ordenó al Ayuntamiento de Magdalena Zahuatlán informar sobre el nivel de
estudios de los regidores. Mientras que el Ayuntamiento de Asunción Cuyotepeji
deberá informar si cuenta con museos y el presupuesto que destina a los mismos,
así lo ordenó el IAIPO al resolver el recurso de revisión R.R.A.I.
099/2019/SICOM.
En el caso
del recurso de revisión R.R.A.I. 00130/2019/SICOM, el Consejo General del IAIPO
ordenó la Defensoría de los Derechos
Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), entregar la información faltante de la
solicitud de información, consistente en la relación de facturas pendientes de
pago.
En el recurso
de revisión en contra del Instituto de Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (R.R.A.I. 118/2019) fue
confirmada la respuesta de este sujeto obligado; mientras que los recursos de
revisión en contra de Caminos y Aeropistas de Oaxaca (R.R.A.I. 116/2019) y de
la Universidad Autónoma “Benito Juárez” (R.R.A.I. 0508/2019/SICOM) fueron
sobreseídos.