Resuelve IAIPO recursos de revisión de acceso a la información y protección de datos personales

Oaxaca de Juárez, Oax. El Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca realizó su Décima Primera Sesión Ordinaria en la cual resolvió diez recursos de revisión presentados ante este Órgano garante por personas que se inconformaron ante la respuesta o falta de la misma a las solicitudes de acceso a la información o datos personales.

De los recursos de revisión atendidos por el Pleno del IAIPO, nueve son en materia de acceso a la información y uno en materia de datos personales. Asimismo, en las resoluciones a estos asuntos, en cuatro se modificó la respuesta emitida por los sujetos obligados y seis fueron sobreseídos.

Al resolver el recurso de revisión R.R.A.I.0638/2019/SICOM, el Consejo General del IAIPO consideró parcialmente fundado el motivo de inconformidad del recurrente en contra de la  Universidad del Istmo y le ordenó proporcionar por el medio realizado en la solicitud, la información que puso a disposición.

En el caso de la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0660/2019/SICOM, el pleno del IAIPO ordenó a la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental proporcionar la documentación referente a la integración de los tres contralores del municipio de Asunción Nochixtlán, como puede ser la copia del Acta de Asamblea Comunitaria.

Respecto al recurso de revisión R.R.A.I.0682/2019/SICOM, el IAIPO resolvió que la Defensoría Pública del Estado de Oaxaca debe proporcionar información sobre la forma de tramitación del incidente de cancelación de antecedentes penales, la instancia ante la cual debe tramitarse, requisitos y tiempo estimado de trámite.

En la resolución al recurso de revisión en materia de datos personales R.R.D.P.0015/2019/SICOM, el Pleno del IAIPO ordenó a la  Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Oaxaca dar acceso a los datos personales proporcionando copia certificada de los expedientes laborales señalados en la solicitud, siempre y cuando ésta corresponda al titular, indicándole además el costo correspondiente.

Los recursos de revisión en contra de Fiscalía General del Estado de Oaxaca (R.R.A.I.0584/2019/SICOM), Ayuntamiento Villa de Zaachila (R.R.A.I.0640/2019/SICOM), Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca (R.R.A.I.0648/2019/SICOM), Secretaría del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable (R.R.A.I.0650/2019/SICOM), Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca (R.R.A.I.0656/2019/SICOM) y Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Oaxaca (R.R.A.I.0618/2019/SICOM) fueron sobreseídos, debido a que los sujetos modificaron el acto impugnado.


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