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Imágenes de Menores de Edad y Medios de Comunicación



Por: Juan Maldonado Vargas.-


La Libertad de Expresión como lo hemos señalado en diferentes momentos en foros, artículos, columnas, representa un elemento fundamental para el fortalecimiento de los sistemas democráticos.

Por medio de la difusión de contenidos, información, noticias, reportajes, investigaciones, se construye una sociedad plenamente informada y activamente participativa (construcción de ciudadanía participativa e informada) que le permitirá enfrentar todos los problemas que se presentan día a día.

La libertad de Expresión sirve para denunciar diferentes irregularidades, permite exigir el respeto de todos los demás Derechos Humanos y Derechos Fundamentales consagrados en las normas Municipales, Estatales, Federales e Internacionales.

Diferentes criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, han manifestado la importancia de seguir fortaleciendo la Libertad de Expresión, sin que exista una limitación por parte de las Autoridades para generar una autocensura en el contenido de la información o limitar el ejercicio periodístico.

Los Principios en materia de Libertad de Expresión, únicamente limitan el tipo de contenido de información que no debe publicarse o difundirse, como son discursos que son alusivos o invitaciones a promover el odio y violencia, racismo o discursos que busque discriminar a grupos o sectores.

 


MEDIOS DE COMUNICACIÓN


Lo que, si es cierto y urgente, es la necesidad de capacitar a muchos sectores de la sociedad, a los diferentes medios de comunicación, periodistas. Columnistas e Instituciones, para evitar mayores agresiones a determinas personas, individuos o grupos en situación de vulnerabilidad, en especial se debe proteger la identidad, rostros de los menos de edad, evitando con ello una mayor agresión a la situación que ya de por sí están viviendo al ser víctimas, evitando con ello ser re victimizados, evitando con ello que se les exhiba o dañe su integridad.

Nos referimos al caso concreto que se presenta hace unos días, en donde muchos medios de comunicación portales digitales, cuentas de medios de comunicación en redes sociales, -Facebook, Twitter, Instagram- difundieron la fotografía (sin ninguna protección, limitación, recubrimiento del rostro), de una niña de 11 años de edad, que había ingresado al Hospital Civil “Aurelio Valdivieso” para dar a luz por cesárea a un bebe que peso tres kilos. "No hubo complicaciones durante el parto, fueron dados de alta y enviados a la casa Hogar del DIF del Estado de Oaxaca", (sin dar mayores datos para no afectar la identidad y desarrollo de la menor de edad),
El hecho de que una niña de 11 años resulte embarazada y dé a luz, pone en la mesa de discusión muchos elementos y factores que influyen, -afortunadamente todo el parto fue normal-, pero la agresión generada, en donde muchas preguntas surgen ¿los padres de la niña de 11 años que hicieron para protegerla?, ¿Las autoridades no se dieron cuenta del embarazo de la niña de 11 años?,¿los programas Estatales y Federales no están funcionado para evitar embarazos en menores de edad?, ¿Los maestros no están capacitados para orientar a las niñas?, no existen políticas públicas que busquen capacitar a todos niños, niñas, adolescentes, padres de familia, maestros, sociedad en general, para prevenir situación que pueden afectar el desarrollo de los menos de edad, faltan muchas campañas de difusión permanente para que las menores de edad sepan de todas las consecuencias que se generan en su desarrollo.

 FAMILIA, MAESTROS Y SOCIEDAD


Sin duda, todos los sectores o instituciones, están perdiendo, pues existe mucha omisión por parte de todos para evitar que se sigan generando este tipo de casos. Todo se reduce a Educación, Cultura, Valores, Deporte, Difusión, Prevención, lo que obliga a todos hacer algo para evitar que más niñas se vuelvan madres a edad muy pequeñas, fuera del tema natural, fisiológico, en donde medicamente existe una maduración anatómica de las menores de edad (niñas), no por ese hecho de debe tomar a la ligera los casos que se presentan de embarazos en niñas.
Como todas las instituciones con sus ciclos y crisis, los padres de familia deben poner mayor atención en los hijos –desde luego no es sencillo, pues la gran mayoría de padres en general trabajan para llevar los alimentos necesarios y los hijos quedan a la deriva, en los pocos tiempos y espacios los padres deben vigilar que hacen los hijos, que amistades tienen, que lugares frecuentan para conocer la realidad de donde se desarrollan, desde luego que por su naturaleza la vigilancia debe ser más en las niñas.

Los maestros y catedráticos han perdido la misión de guiar, orientar e instruir, en las escuelas los niños viven y conviven más de cinco horas diarias y es ahí donde se reflejan las conductas de su comportamiento lo que permite a los maestros valorar qué es lo que puede estar pasando en cada niño, niña o adolescente, hacer una revisión detallada, permitirá detectar miles de problemas que un niño o niña presenta, desde una mala alimentación, problemas de violencia, agresiones, conflictos de los padres, enfermedades de todo tipo y problemas psicológicos.

 


PROTECCIÓN LEGAL


La Ley General de los derechos de niñas, niños y adolescentes establece:  Artículo 77:
“Se considerará violación a la intimidad de niñas, niños o adolescentes cualquier manejo directo de su imagen, nombre, datos personales o referencias que permitan su identificación en los medios de comunicación que cuenten con concesión para prestar el servicio de radiodifusión y telecomunicaciones, así como medios impresos, o en medios electrónicos de los que tenga control el concesionario o medio impreso del que se trate, que menoscabe su honra o reputación, sea contrario a sus derechos o que los ponga en riesgo, conforme al principio de interés superior de la niñez”.

De igual manera la Convención de los Derechos del Niño, en su Artículo 16, formula:
1. Ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia ni de ataques ilegales a su honra y a su reputación. 2. El niño tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o ataques.

Las infracciones a dicho artículo se establecen en la Ley General de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes que establece:
Artículo 148. En el ámbito federal, constituyen infracciones a la presente Ley: I. Respecto de servidores públicos federales, personal de instituciones de salud, educación, deportivas o culturales, empleados o trabajadores de establecimientos sujetos al control, administración o coordinación de aquéllas, así como centros de asistencia social o de cualquier otra índole de jurisdicción federal, cuando en el ejercicio de sus funciones o actividades o con motivo de ellas conozcan de la violación de algún derecho a alguna niña, niño o adolescente e indebidamente se abstengan de hacerlo del conocimiento de la autoridad competente en contravención a lo dispuesto en el artículo 12 de esta Ley y demás ordenamientos aplicables;
. . . . .
III. Respecto de los concesionarios de radio, televisión, la difusión o transmisión de imágenes, voz o datos que afecten o impidan objetivamente el desarrollo integral de niñas, niños o adolescentes, o que hagan apología del delito, en contravención al artículo 68 de esta Ley y a las disposiciones específicas que regulen la difusión y transmisión de contenidos.

3 DE MAYO. DÍA MUNDIAL DE LA LIBERTAD DE PRENSA.


Sin duda se trata de fortalecer la Libertad de Expresión, la Libertad de Prensa, como elemento fundamental.

. . . “El periodismo de calidad permite a los ciudadanos adoptar decisiones sobre el desarrollo de sus sociedades con conocimiento de causa, y se esfuerza por sacar a la luz la injusticia, la corrupción y el abuso de poder. Para ello, el periodismo debe tener la posibilidad de prosperar, en un entorno propicio en el que los periodistas puedan trabajar con independencia, sin interferencias indebidas y en condiciones de seguridad. UNESCO”. . .

El Día Mundial de la Libertad de Prensa fue proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993, en cumplimiento de una recomendación aprobada en la 26ª reunión de la Conferencia General de la UNESCO en 1991. Esto, a su vez, fue una respuesta a un llamamiento de los periodistas africanos que en 1991 elaboraron la histórica Declaración de Windhoek sobre el pluralismo y la independencia de los medios de comunicación.

 REFLEXIÓN


Un día como hoy de 1993 en que la ONU, ha considerado como el Día Mundial de la Libertad de Expresa, sin duda hay mucho por construir, hay mucho por hacer, para materializar la Libertad de Expresión tanto en lo individual (-seres humanos) como en el ámbito colectivo (ejercicio periodístico, para que la sociedad tenga la información adecuada), por ello las Autoridades deben tener la sensibilidad para fortalecer en todos los ámbitos la Libertad de Prensa, lo que representan que ningún periodistas o medio de comunicación debe ser afectado o limitado por cumplir la misión de informar, de generar información para que la sociedad conozca del acontecer diario.

El Estado Mexicano por conducto de sus Autoridades de todos los Niveles, deben cumplir con la alta misión de proporcionar todos los elementos, mecanismos, espacios, sin limitación alguna para dar cumplimiento a lo que establece el Artículo 6 y 7 de la Constitució de México.

Muchas Felicidades a todos los que plenamente cumplen con la misión de informar de manera imparcial, neutral, de calidad, con contenido que permita al ciudadano conocer la verdad de las cosas, a todos los han caído en el cumplimiento de informar, un minuto de silencio, pero sobre todo un agradecimiento porque gracias a las grandes investigaciones hemos conocido la verdad de las cosas.




 Sea feliz y disfrute de la vida.Nos leemos en la próxima columnamaldovj@gmail.com